El Tribunal Supremo (TSE) rechazó un recurso presentado contra el Partido Pueblo Soberano (PPSO) por el uso de símbolos patrios con fines partidistas.
Así lo confirmó a el jefe de Gabinete de la Presidencia de la Comisión Electoral, Andrei Cambronero Torres.
Este recurso fue presentado por el secretario general del Partido de Liberación Nacional (PLN), Miguel Guillén el 16 de enero.
Durante la acción informaron sobre el uso de la bandera nacional de Costa Rica y el acompañamiento del himno nacional el 15 de septiembre a modo de mensaje.
El recurso escapa a la llamada «cadena nacional» emitida por la candidata Laura Fernández Delgado el pasado 6 de enero.
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propaganda única
Según Cambronero, el contenido de la propaganda es singular porque fue creada por el Consejo Constitucional desde 1997.
Según Cambronero, el artículo 136 del Código Electoral es la única restricción al uso de motivos religiosos o lo que tiene que ver con violencia política contra las mujeres.
«Cuando se trata del uso de símbolos nacionales, recordemos que la única limitación que existe a nivel de legislación electoral es el uso de la bandera y el escudo dentro de la moneda de los grupos políticos.
«El resto de las circunstancias, desde el punto de vista electoral, no implican violaciones al sistema electoral. Correspondería a otros departamentos, como el de gobierno u otros departamentos del ejecutivo, porque así lo establece la ley», dijo Cambronero.
Una ley reciente aprobada hace unos meses sobre el uso del pabellón establece que cualquiera puede usarlo con respeto, según el escrutador.

