
Los criadores de perros y gatos tendrán un plazo de seis meses para cumplir con la nueva normativa emitida por el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG).
La normativa regula los negocios dedicados a la cría y comercialización de mascotas. El objetivo es mejorar el bienestar animal y reforzar los controles sanitarios.
Según el ministerio, la norma fue publicada mediante Decreto Ejecutivo N° 45344-MAG y a partir del 19 de diciembre comienzan a regir los 6 meses.
«La actividad ya existía en el país, pero no tenía una regulación específica. Durante muchos años tuvimos lugares que reproducen animales sin regulación y en condiciones inadecuadas», explica Víctor Carvajal, ministro del MAG.
¿Por qué se decidió regular?
Según el dirigente, la falta de reglas claras permitió prácticas como el hacinamiento y la ausencia de seguimiento veterinario.
También se detectó la venta de animales muy jóvenes. En muchos casos no han completado su esquema de vacunación.
«Provoca enfermedades y la gente cuando ve al animal enfermo opta por abandonarlo», afirmó Carvajal.
El ministro recordó que Costa Rica tiene casi 1,7 millones de perros y más de 700.000 gatos, por lo que esta «realidad requiere reglas claras».
(Archivo de fotografía/observador).
Plazos y sanciones
Aunque la regulación entra en vigor de inmediato, las autoridades permitirán un período de ajuste.
«En este momento se inician seis meses de capacitación para las empresas identificadas», dijo Carvajal.
Durante este período, el personal recibirá información sobre los requisitos y procedimientos internos.
El objetivo es que los criaderos cumplan sin sanciones inmediatas y vayan cumpliendo paulatinamente.
Además, como parte del proceso, el Servicio Nacional de Salud Animal (Senasa) deberá emitir un manual de buenas prácticas.
Los puntos clave del nuevo reglamento son:
- Certificado de Operación Veterinario Obligatorio (CVO)
- Supervisión veterinaria permanente
- Reproducción responsable
- Condiciones mínimas obligatorias para las instituciones.
- Regulación de la cría y comercialización.
«El Senasa puede aplicar medidas sanitarias, ordenar correcciones, suspender actividades o, cuando exista riesgo para el bienestar animal, confiscar animales», subrayó el ministro.
En estos casos, los propietarios deberán aceptar los costos asociados al cuidado, alimentación, atención veterinaria y manejo.
(Archivo de fotografía/observador).
Sin datos
Por otro lado, el ministro admitió que actualmente no existe un registro completo de criaderos en el país.
Muchas instalaciones no reciben visitas veterinarias. Por lo tanto, no existen inventarios ni datos de salud. Con la regulación se espera tener registros formales y mayor control.
«No hay cifras oficiales sobre enfermedades. Sin embargo, los veterinarios han reportado una percepción de aumento», dijo Carvajal.
Estas enfermedades están asociadas con la reproducción indiscriminada y la separación temprana de la descendencia.
Finalmente, el MAG enfatizó que la norma no promueve la compra de animales, sino que busca ordenar una actividad existente y frenar la informalidad.

