Política

Veto del Presidente Rodrigo Chaves

El presidente Rodrigo Chaves ha presentado un veto formal contra las nuevas leyes que fueron recientemente aprobadas por la Asamblea Legislativa. Estas leyes permiten reducir la edad de jubilación para los miembros del Tribunal de Defensor del Pueblo de la Justicia (OIJ), así como la opción de renunciar a los 55 años. Esta decisión ha generado un intenso debate en el ámbito político y entre diferentes sectores de la sociedad.

La propuesta original fue introducida en el año 2021 por Donoulescu, quien ocupa el cargo de Adjunto CEO. El anuncio de esta iniciativa fue realizado durante este mismo periodo por la diputada Alejandra Larios, quien es conocida por su enfoque libertario en muchas de sus propuestas políticas.

A fecha del 22 de abril, se aprobaron de manera definitiva 40 suplentes, pero ese fallo específico fue rechazado. El veto que se emitió el pasado martes provino de la oficina presidencial, donde se aludió a la importancia de ‘oportunidades, comodidades y estructuras organizativas’ en este contexto.

El documento que se envió al Parlamento abarca un total de 319 páginas, en el cual se incluye un análisis actuarial detallado sobre el fondo de pensiones y las pensiones del poder judicial para el año 2024. Esto revela la seriedad con que se está gestionando la salud financiera del sistema de pensiones.

En el texto del veto, se señala que, tras un análisis exhaustivo del contenido de la ley, se determinó que la norma en cuestión introduce un conjunto de disposiciones que vulneran principios fundamentales del gobierno, comprometiendo los derechos constitucionales y afectando la sostenibilidad del sistema de justicia. Se enumeraron tres factores cruciales que respaldan la decisión de veto:

  • Violaciones a la igualdad ante la ley.
  • Lesiones a los principios de técnica razonable y unión.
  • Violación del principio de sostenibilidad financiera.

Chaves había anticipado hace varias semanas que, de ser aprobada la ley, él no dudaría en vetarla. Su argumento se centró en la defensa del interés público, subrayando que los potenciales beneficiarios no tendrían opciones viables de pensiones si se estableciera una pensión a los 55 años. En sus declaraciones, intentó establecer una comparación entre las exigencias y las circunstancias de los oficiales de policía que trabajan en el campo.

En sus palabras, «Enfrentan situaciones más peligrosas que aquellos que están en la corte, como los casos de Maynor Martínez, quien ha dejado recientemente su cargo». Chaves abogó por una consideración más justa hacia los oficiales en el servicio activo.

Verifique más: los agentes dejan una pensión fija por delante de los agentes de OIJ que el presidente Chaves amenazó por el veto

(Cortesía/Oficina Presidencial).

Lo que estaba buscando

El proyecto de ley tiene como objetivo principal proporcionar a los agentes del Instituto de Investigación Judicial la posibilidad de fortalecer su jubilación a los 55 años de edad. Sin embargo, para que los funcionarios del OIJ puedan acceder a estas pensiones anticipadas, deberán cumplir con una serie de requisitos establecidos.

Un aspecto esencial para acceder a estas primeras pensiones es que los funcionarios deben haber trabajado al menos 30 años en la organización. Esto les permite calificar para recibir pensiones que equivalen al 82% del promedio de sus últimos 240 salarios mensuales, ajustados según el índice de precios al consumidor (IPC) correspondiente a ese periodo.

El proyecto también incluye disposiciones detalladas en su artículo 226 sobre cómo proceder para llevar a cabo una jubilación anticipada en caso de que no se cumplan los años de servicio requeridos. Esta parte del texto dicta lo siguiente:

«Si el retiro es solicitado cuando el servidor cumple con el requisito de edad o más años, pero antes de alcanzar los treinta años en el servicio, la jubilación no se negociará en proporción a los años, siempre que se haya completado la cantidad de años de servicio estipulados.»

Para calcular el monto de la pensión, el monto promedio especificado en el artículo anterior se multiplicará por el número de años trabajados y el resultado se dividirá entre treinta; de este modo, se obtendrá la pensión a retirar. «

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