Política

Un plan para limitar la conducción de la guerra por parte de la actual presidencia es inconstitucional – Al Día cr

El proyecto de ley para ampliar las normas contra la guerra política recibió comentarios críticos de la Ministra de Justicia (PGR).

La iniciativa, presentada por el Partido Libertad y Progreso, propone modificar el artículo 146 de la Ley Electoral para fijar un marco más estrecho.

Actualmente, la ordenanza prohíbe a los empleados públicos participar en actividades o debates de campañas políticas durante la jornada laboral. Asimismo, impide que el cargo beneficie a los partidos políticos.

Además, impone restricciones a una amplia lista de líderes y funcionarios, a quienes se les prohíbe participar en actividades del partido, asistir a clubes políticos, exhibir símbolos del partido en casas o vehículos y mostrar apoyo político.

Alcance de las restricciones

Estas restricciones abarcan puestos que van desde la presidencia de la república hasta ministros, diplomáticos y líderes de instituciones independientes, así como sus directivos.

Entre ellos también se encuentran los titulares de la Defensoría del Pueblo, el Procurador General de la República y el propio Ministerio Público, así como funcionarios de la Autoridad Pública, el OIJ, magistrados, jueces y funcionarios del Tribunal Supremo Electoral (TSE).

Si se aprueban las reformas, las disposiciones se aplicarían directamente al personal presidencial bajo una administración confidencial, incluido el jefe de gabinete de la presidencia, el vicepresidente y la oficina del presidente.

Asimismo, se extendería a todos los funcionarios de los medios estatales.

Nuevas disposiciones

El proyecto mantiene las restricciones actuales y limita el uso político de estos funcionarios al derecho de voto.

Además, introduce nuevas prohibiciones, que incluyen:

  • Realizar manifestaciones destinadas a influir en el resultado de las elecciones, independientemente de si están a favor de una opción partidista en particular o no.
  • Utilizar fondos públicos para hacer campaña o para influir en el resultado de una elección.

Otro cambio relevante es que el TSE podría iniciar investigaciones por iniciativa propia cuando el conflicto provenga de la presidencia o de los vicepresidentes.

Al mismo tiempo, se otorgarían al auditor del Estado nuevos poderes para investigar el uso de recursos públicos a favor de partidos o candidatos. También podrá investigar posibles intentos de influir en el proceso electoral mediante símbolos, manifestaciones o métodos de comunicación.

Comentarios del Fiscal General

El proyecto ya ha sido analizado por la Comisión de Reforma Electoral. Sin embargo, el criterio de la PGR plantea interrogantes relevantes en dos niveles.

El primero se refiere a la limitación de las investigaciones de oficio a la presidencia y sus vicepresidentes.

«Aunque este Fiscal General no tiene nada en contra de que el legislativo otorgue al tribunal autoridad para actuar por iniciativa propia, llama la atención que la propuesta limita esta facultad sólo a la fórmula presidencial, excluyendo a otros líderes con influencia similar», dice el dictamen.

La segunda pregunta apunta a las competencias confiadas al organismo regulador, lo que podría provocar conflictos institucionales.

«Cabe precisar que la competencia para sancionar los crímenes políticos de guerra sigue siendo el Tribunal Supremo Electoral, factor que no queda suficientemente claro a la hora de redactar el proyecto», señala el fiscal estatal.

Riesgo de ambigüedad

La consultora también cuestiona el papel del organismo de control en la revisión de «símbolos, representaciones y estrategias de comunicación», dado que estas tareas no están directamente relacionadas con su mandato constitucional de fiscalizar los fondos públicos.

Además, la amplitud de la regulación para los funcionarios de los medios estatales se advierte al no distinguir entre niveles de responsabilidad o capacidad de influencia.

«No existe una justificación técnica o jurídica clara para la ampliación propuesta», sugiere el índice, subrayando que cualquier restricción de los derechos fundamentales debe ser proporcionada y razonable.

Finalmente, el Fiscal General advierte de la falta de precisión en la prohibición de realizar manifestaciones que podrían afectar al resultado de las elecciones.

«En nuestra opinión, esta premisa carece de la precisión necesaria teniendo en cuenta los requisitos constitucionales para tipificar los delitos», afirma el dictamen.

Añade que una redacción abierta podría crear inseguridad jurídica y dejar margen de discreción en su aplicación.

La declaración termina con una advertencia sobre posibles fricciones con la constitución política.

«El Fiscal del Estado recomienda a los diputados evaluar los comentarios que aquí se han hecho y prestar especial atención a los factores que podrían entrar en conflicto con la disposición constitucional para garantizar la seguridad jurídica y la eficacia de las reformas», concluye.

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