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Semana Santa: un descanso para los empleados públicos

A partir del jueves 10 de abril, los funcionarios públicos tendrán un receso laboral que se extenderá hasta el lunes 21 de abril, lo que marca un período significativo de descanso para los empleados estatales. Este intervalo de tiempo es especialmente relevante debido a la celebración del Día de la Batalla de Rivas, que se conmemora el viernes 11 de abril, y la posterior celebración de la Semana Santa, que comienza esa misma semana.

En vista de estas festividades, se han establecido vacaciones colectivas por parte del gobierno nacional los días 14, 15 y 16 de abril, conforme a lo estipulado en las Directrices No. 048-Midplan MTSS. Tal normativa fue firmada por el actual presidente Rodrigo Chaves, junto con la ministra de planificación Marta Esquivel y el Hierarquía de Trabajo, Andrés Romero.

Según un comunicado emitido por Midplan, esta medida busca no solo permitir a los funcionarios disfrutar de un periodo de descanso más amplio, sino que también está alineada con las vacaciones de pago obligatorias que se establecen por ley para el jueves y el Viernes Santo, programados para el 17 y 18 de abril, respectivamente. La intención es que, a través de esta disposición, se reduzca la congestión en los días de vacaciones, facilitando así una mejor planificación y un mayor disfrute de este periodo.

Además, se ha llevado a cabo una iniciativa en la Asamblea Legislativa desde el año pasado que establece también la autorización de vacaciones sagradas para el año 2025. Esto significa que tanto los delegados, como los trabajadores administrativos, tendrán oportunidad de disfrutar de este tiempo de descanso sin preocupaciones laborales. Igualmente, el sector judicial presentará un cierre colectivo, donde se espera que también se respete este receso.

No todos disfrutarán de vacaciones

A pesar de que esta medida de vacaciones colectivas abarca una amplia gama de funcionarios, hay un segmento de empleados que, debido a la naturaleza de sus funciones, deberá continuar trabajando durante este periodo. Este es el caso de las fuerzas policiales y de las instituciones encargadas de la atención de emergencias, quienes no pueden interrumpir sus labores esenciales.

En el contexto legislativo, se cuenta con guardias de seguridad necesarios para seguir prestando el servicio de protección y resguardo de la propiedad pública y privada. Asimismo, los servicios relacionados con la atención de casos de violencia doméstica, así como los tribunales, la Agencia de Investigación Judicial, y la Sala Constitucional, permanecerán en operatividad, asegurando que se brinde atención a las personas que necesiten hacer uso de recursos como el Amparo y Habeas Corpus.

En consecuencia, la definición de las vacaciones para estos servicios esenciales deberá ajustarse a las particularidades de cada institución, garantizando así que se mantenga la atención de quienes requieren asistencia, aun durante el periodo de receso para el resto de los funcionarios públicos.

Las instituciones policiales mantendrán su operatividad durante las vacaciones. (Cortesía de Photo/MSP).