La fiscalía de Liberia ha confirmado que el caso de un colegial que apuñaló varias veces a otro estudiante y luego le provocó la muerte puede conocerse a través del mecanismo de flagrancia.
Se trata de un mecanismo legal de vía rápida, con la intención de completar los procesos en un plazo de 45 días.
En el proceso permanece detenido un joven de 19 años, de nombre Rodríguez Díaz. Es sospechoso del delito de homicidio calificado, en agravio de un niño de nombre Rivas Quesada.
La audiencia preliminar está prevista para este martes. En el mismo, el Ministerio Público solicitará que el caso sea conocido según el procedimiento de flagrancia acelerada.
Además, se solicitarán medidas cautelares contra el imputado. La lista se publicará más adelante.
Rodríguez fue detenido ayer por la tarde en el barrio Corazón de Jesús en Liberia. Esto después de que un joven, aproximadamente una hora y media antes, ingresó muerto en el hospital del cantón tras sufrir heridas de arma blanca.
Según la investigación preliminar, los dos jóvenes eran compañeros de escuela. Se cree que, minutos antes de que la víctima resultara herida, se produjo una pelea entre ambos en una parada de autobús del sector Colorado de Liberia.
Por el momento se desconoce la situación que provocó el conflicto.
La investigación continúa en desarrollo, bajo el expediente 26-000795-060-PE.
¿Qué implica el proceso de flagrancia?
El proceso de flagrancia está regulado por el artículo 236 de la Código de Procedimiento Penal.
Un requisito clave es que la persona sea detenida inmediatamente después de los hechos juzgables.
«Habrá flagrancia cuando el autor del hecho delictivo sea sorprendido en el momento de cometerlo o inmediatamente después, o mientras sea perseguido, o cuando tenga objetos o exhiba pruebas que sugieran fuertemente que acaba de participar en un delito», señala el reglamento.
En caso de flagrante delito se respetan los pasos habituales de detención, procesamiento, audiencia preliminar y juicio público.
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Por supuesto, el mismo Código Procesal Penal acelera los plazos del proceso.
“Cuando proceda la aplicación del procedimiento acelerado, en ningún caso podrá transcurrir un plazo superior a quince días hábiles entre la iniciación del procedimiento y la celebración de la audiencia por el tribunal”, señala el reglamento.

