
El proyecto de ley que busca guiar el establecimiento de tarifas que los empleados independientes citan el Fondo de Seguridad Social en Costa Rica no es legalmente factible para hablar por los extremos de la autonomía que la constitución política otorga a la agencia.
Esto fue determinado por el Ministro de Justicia después de revisar el proyecto. 23.846. Esto se titula «Leyes para promover la estructura de los empleados independientes».
Sin embargo, sus extremos se encontrarían con la independencia de las instituciones. La revisión dice:
«El proyecto de ley realizado con molestias legales, con la abrasión moderna de la gobernanza, en la medida en que su contenido podría ser promover la decepción no rentable del poder constitucional del Fondo de Seguridad Social costarricense, en términos de administración y gobierno.
PGR-OJ-123-2025
«Cita básica», la génesis del conflicto para los trabajadores independientes
El texto, subdirectora Carolina Delgado, propone los términos generales del saldo en cuotas separadas.
«Aunque un entrenador salarial tiene que donar el 10.5% de sus ingresos para cubrir las tarifas sociales, un empleado independiente paga el 18.6%, por lo que ser formal es muy oneroso», dice su texto.
«Esta situación causa la gran mayoría de los trabajadores informales, especialmente cuando son mujeres, caen en una trampa informal que es muy difícil salir. Y tienen que aceptar renunciar a sus garantías sociales para obtener ingresos, que a menudo es único, a sus hogares», agrega.
Por lo tanto, se pretendía ser proporcional al piso mínimo.
«El Instituto de Seguros de Seguro Social, administrado por el Fondo del Seguro Social Rica para los empleados independientes, será determinado por los ingresos netos que reciben para sus actividades lucrativas en el territorio del costo RICA, durante un período mensual y serán declarados por el sistema de auto -seguridad», dice la propuesta.
Ese sería el problema
Ese punto, sin embargo, es el que crearía el problema constitucional. Según el PGR, toda la evaluación de este tipo es la capacidad exclusiva de CCSS.
«En relación con la autonomía constitucionalmente reconocida, son la junta directiva de CCS basada en variables objetivas estándar que determinan el monto de la cuota que se pagará al afiliado por diferentes métodos de seguro de empleados, ya sean empleados o de forma independiente», señalan.
En opinión del experto, el proyecto «busca» la implementación de reformas legales diseñadas para extraer de las autoridades del fondo una decisión sobre las cuotas de empleados independientes y igualarlas con los trabajadores «.
«Sin lugar a dudas, parte del diseño de la Seguridad Social, que está a cargo de la institución automática, que el mínimo constitucional para ello, es fácil de concluir nuevamente que podría haber lesiones en dicho autogobierno, mientras tanto, las regulaciones propuestas cambian, cambian y reducen.
El PGR enfatiza que tanto las regulaciones como los comentarios sobre la Cámara IV han reiterado decisiones exclusivas directas de CCSS sobre contribuciones.
Modernizar la directiva CCSS sería menos compleja
Las reformas para empleados independientes también se proponen darles presidentes en la junta.
El método es pasar del sistema TRIOS actual (3 representantes gubernamentales, 3 empleados y 3 por empleadores) a:
- 2 representantes de los gobiernos
- 3 del equipo de trabajo
- 3 del sector del empleador
- 2 de trabajadores independientes
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En esta enmienda, la Oficina del Ministro de Justicia reconoce la sesión legislativa para la reforma.
«La composición de los miembros es la aparición de entornos legislativos. Por lo tanto, la legislatura es responsable de definir si mantiene o no su estructura orgánica o si la cambian», proponen.
El parámetro sería respetar la autonomía. Además, los principios de presentación, participación, igualdad e insatisfacción son.