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Corte de Limón rechaza extradición de ‘Macho Coca’ – Al Día cr

El Juzgado Penal de Limón rechazó la extradición de Gilberth Hernán Bell Fernández, conocida como ‘Macho Coca’, a Estados Unidos.

La resolución fue anunciada luego de una decisión comunicada por el juez Jorge Arturo Sequeira Rodríguez durante la tarde de este lunes 9 de marzo.

Desde la oficina de prensa del Poder Judicial indicaron que este rechazo se encuentra actualmente ««Se encuentra en proceso de notificación a todas las partes involucradas» y será objeto de recurso de apelación.

“En caso de que se presenten recursos de apelación, corresponde a la Corte de Apelaciones en lo Penal resolverlos”, indicaron.

Bell Fernández es buscado por el Tribunal del Distrito Sur de Nueva York. Las autoridades judiciales lo consideraron miembro de una estructura criminal responsable de la distribución de grandes sumas de dinero. de cocaína desde Costa Rica hacia territorio estadounidense.

El proceso de extradición implica la solicitud dey prisión preventiva de Bell ante el Juzgado Penal del Primer Circuito Judicial de San José, aunque no fue privada de libertad.

El acusado entrega prisión preventiva como parte de una investigación que se sigue en el paísen el que se vincula con una organización criminal dedicada al robo de combustible.

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«irretroactividad»

El abogado de Macho Coca, Manrique González, afirmó El observador él La resolución consta de 43 páginas y es analizada.

Según González, el elemento principal es que la investigación realizada por la DEA contra el costarricense se lleva a cabo desde marzo de 2022 hasta agosto de 2023.

Dijo que la resolución cita que los hechos ocurren antes de la promulgación de la Ley de Extradición y que, al no ser un delito continuo, la acción de Estados Unidos no es apropiada.

“Esta fue una acción que solicitamos en nuestro recurso de oposición, que precisamente este no es un derecho procesal, es una ley sustantiva; Es una ley que priva a una persona de su libertad y la obliga a abandonar el país.

“Estos dos elementos, en nuestra opinión, significan que no es un simple ley procesal y que no puede aplicarse retroactivamente. En ese sentido, así lo observó el tribunal de primera instancia y coincide con nosotros en ese punto”, indicó González.

El abogado admitió que el Ministerio Público aún tiene derecho a apelar. oponerse a esa resolución y que el proceso se lleve a la Corte de Apelaciones en lo Penal para una nueva audiencia de los alegatos de dicha acción.

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