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Carlo Díaz extradición retroactiva Costa Rica- CR – Al Día cr

Una de las preguntas pendientes sobre la reforma para permitir la extradición de nacionales es si la norma es retroactiva. Se trata de un principio del Derecho Penal según el cual las disposiciones legales sólo pueden aplicarse si los hechos alegados tuvieron lugar cuando esa norma ya estaba en vigor.

El debate se ha resuelto en los tribunales con una línea clara: la extradición sólo se concederá por hechos ocurridos después del 28 de mayo de 2025, fecha en que entró en vigor la reforma constitucional.

Con esta orden, ya bajaron las solicitudes realizadas por Estados Unidos respecto de Jonathan Álvarez y Gilberth Bell, alias «Macho Coca».

La tesis se fortaleció principalmente gracias al caso Álvarez. En ese proceso, la Corte de Apelaciones, como máximo tribunal, aceptó la idea de la actividad irretroactiva. Este argumento también sirvió de base para la negación de Bell.

Se armó entonces un escenario que generó malestar en la Fiscalía.

“La posición del Ministerio Público es que no compartimos el argumento esgrimido por el Tribunal en este caso que resuelve esta situación y menos el del Tribunal de Apelación de Sentencia. Somos de la opinión que estas reglas deben aplicarse, aunque sea después de la comisión de los hechos”, dice el Fiscal General, Carlo Díaz.

El dirigente defiende esta medida alegando que los principios de la extradición son normas de cooperación internacional.

Por ahora, la Fiscalía ha anunciado que continuará con el recurso para intentar salvar la extradición del «Macho Coca».

El Tribunal de Apelación ha limitado los plazos en los que se pueden conceder las solicitudes de extradición. Además de Álvarez y «Macho Coca», la medida también ayudó a «Pecho de Rata», quien sería entregado a Estados Unidos, pero no por todos los delitos que se le atribuyen, ya que algunos de ellos serían antes de la reforma (poder judicial).

Desde la expedición de la actual Constitución Política en 1949, se prohíbe la expulsión de costarricenses del territorio nacional.

Sin embargo, en 2025 se concretó una reforma que permite dos líneas para permitir la entrega de nacionales a autoridades extranjeras.

Entonces, el sección 32 de la Carta Magna ahora dice:

«Ningún costarricense podrá ser obligado a salir del territorio nacional, salvo que en casos de narcotráfico internacional o terrorismo haya sido concedida la extradición por el Tribunal de Justicia, con estricta observancia de los derechos fundamentales y garantías procesales reconocidos en esta Constitución, en los tratados internacionales y en las leyes.»

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Desde que se aprobó el ajuste, jurisdicciones estadounidenses, como Texas, Nueva York y Florida, han preguntado a varios costarricenses. Panamá, Italia y Francia también han presentado sus solicitudes.

Luego, los respectivos procesos legales definieron cómo interpretar las normas, plazos y alcances de la reforma constitucional.

Por el momento están autorizados los casos del ex magistrado Celso Gamboa (quien puede ser el primero en ser extraditado) y «Pecho de Rata».

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