Política

La aprobación de la legislación obligará a las instituciones financieras a actuar para defraudar a las personas – Al Día cr

En la Comisión III del Congreso se aprobó en primera lectura el expediente 23.908 denominado “Ley de protección a los consumidores en la custodia de su dinero”, iniciativa de Óscar Izquierdo, diputado de Libertad Nacional.

El proyecto obliga a los bancos o instituciones financieras a responder por el dinero que la gente pierde debido al fraude.

La propuesta exige que las instituciones financieras respondan al dinero robado ilegalmente, desplaza la carga de la prueba a favor del individuo en cuestión y exige la creación de un sistema ágil para investigar y devolver las cantidades.

«En otras palabras, dejar de poner todo el peso sobre la víctima y reconocer que quien tiene el dinero debe asumir la responsabilidad», afirmó el portavoz.

«Se trata de proteger a las personas, de proteger el sistema financiero, pero sobre todo se trata de justificar a las personas que han sido defraudadas y evitar más fraudes», añadió el diputado Izquierdo.

El proyecto será aprobado finalmente el próximo miércoles, cuando se reúna el comité ejecutivo con plenos poderes. Luego de una segunda discusión, será enviado a la Comisión para la firma del Presidente.

«Este es un proyecto con un profundo impacto social porque protege los ahorros de toda una vida, apoya a quienes fueron defraudados y les evita tener que luchar solos contra un sistema complejo y agotador», afirmó.

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Izquierdo es el portavoz del proyecto.

Números altos

El proyecto se presentó desde agosto de 2023 y las cifras proporcionadas por el proponente indican que el 26% de los hogares en Costa Rica han sido estafados.

Además, señalan que el año 2025 acabó con más de 13.000 casos de fraude informático, con una media de 38 víctimas diarias.

«Nos esforzamos en hacer justicia, para que la gente no sea engañada, es importante», agregó el legislador Izquierdo, satisfecho con el avance de la iniciativa.

La propuesta modifica el artículo 35 de la Ley de Promoción de la Competencia y Protección Efectiva del Consumidor, que queda como sigue:

«El fabricante, proveedor y comercializador deben actuar simultáneamente e independientemente de que se trate de un error, si el consumidor sufre un daño debido al producto o servicio, información insuficiente o insuficiente sobre el mismo o su uso y riesgo. Sólo quedan liberados quienes acrediten que no conocían el daño.»