«En el caso de la acreditación formal de alguna deuda bajo las instituciones indicadas, debe ser alentado por los medios legales relevantes sin afectar a los usuarios indicados». De esta manera, la sala constitucional atrajo el aire a varias instituciones que enfrentan el tema del agua en el Cantón del Paraíso en Cartago.
Según la sentencia, «el conflicto entre las instituciones no justifica la suspensión del agua potable a los residentes».
El problema fue revisado ante una fuente de residentes de la comunidad. Afirmaron que un corte de servicio por acueductos y alcantarillado (AYA) no sería válido como parte del reclamo que tienen en la oficina del alcalde local.
Los demandantes argumentan que pagaron los servicios y que el resto es «exclusivamente entre instituciones».
Creen que una eventual suspensión de los servicios afectaría injustamente a más de 20,000 personas y violaría el derecho fundamental a acceder al agua potable, así como a los principios de continuidad y eficiencia en los servicios públicos.
«Los usuarios no deben ser influenciados por un conflicto administrativo entre el municipio de Paraíso y el Instituto Costranal de Aqueductos y alcantarillas (ICAA); este no es un caso de proporcionar nuevos servicios o suspensión debido a la falta de pago de los usuarios que han cumplido con sus obligaciones».
En contraste, argumentan que la diferencia institucional debe verse en los casos judiciales. Allí sería ver si existía la deuda, cuánto debería cancelarse, el tiempo para hacerlo y las posibles medidas posteriores.
Con ese panorama, la orden de la sala IV es que, mientras no haya solución para el litigio, el suministro de agua potable no debe verse afectada para los residentes de Paraíso.
La orden para aya y paraíso
La oración es 25-012671-0007-Co y está en proceso de Escritura completa.
Su parte preliminar indica:
Juan Manuel Quesada Espinoza and María Alejandra Mora segura are ordered, for its order of executive and general manager, both of the Costa rican institute of aqueducts and seven, and Michael álvarez quirós and vítor meza Calderón, by their mayor or in Charge of the Municipal aqueduct, both of the municipality of paradise, which establish the instances of coordination within their respectivo. Áreas de competencia, de modo que en el proceso de determinar la existencia de alguna deuda entre el municipio y el Instituto Costranal de Aqueductos y Severs, e incluso antes de la suposición de que se determinará dicha deuda, la provisión del Servicio de Agua potable a los Usuarios del Cantón de Paradise no se ve afectada y que la disposición se garantiza garantizada
Sala constitucional
Se observa que el encarcelamiento se impondrá de tres meses a dos años, o veinte a sesenta días, a la jerarquía que no cumple ni aplica los fines de un amparo.
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Por cierto, Aya fue sentenciado al pago de ‘costa, daños’ por los hechos evaluados. La cantidad se determinará en la ruta controvertida administrativa.
La votación de recursos por el título magistrados Fernando Castillo, Paul Rueda Leal, Jorge Araya, Anamari Garro e Ingrid Hess. Se unieron al magistrado sustituto Ana Cristina Fernández Acuña.
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